En manos de la CAR está impedir que avance el proyecto de explotación a cielo abierto que tendría graves consecuencias ambientales. El experto Pablo Leyva explica
Por: Las2orillas
agosto 02, 2021
Actualmente la CAR Cundinamarca estudia la posibilidad de otorgar una licencia ambiental para la extracción de gravilla y arcilla, abriendo enormes cráteres a ambos lados del río Neusa, lo que afectaría el socio-geo-ecosistema territorial y el caudal y calidad de este río que abastece de agua a Bogotá y varios municipios de la Sabana.
Sobre el tema Pablo Leyva responde a las preguntas de Juan Pablo Motta, cineasta y vecino de Cogua, municipio directamente impactado por el proyecto minero.
Juan Pablo Motta: ¿Dónde queda el río Neusa? ¿De cuál cuenca hidrográfica hace parte?PUBLICIDAD
Pablo Leyva: El río Neusa es la corriente principal que recoge las aguas de la cuenca que lleva su nombre. Esta tiene aproximadamente 44.735 hectáreas; comprende principalmente parte de los municipios de Tausa, Cogua, Nemocón, Zipaquirá, Suesca y Cucunubá. Hace parte importante de la cuenca del río Bogotá.
JPM.: Cuál es la importancia del Río Neusa con relación al río Bogotá? ¿Cuál es la importancia de ese abastecimiento de agua para la zona norte de Bogotá y la Sabana?
PL.: Los embalses del Neusa, Sisga y Tominé conforman el “Agregado Norte” que alimenta al sistema Tibitoc, este contribuye con un 30 % al suministro de agua para la población de Bogotá en sectores del norte y occidente, al igual que el agua para los municipios de Gachancipá, Sopó, Tocancipá, Chía, Cajicá, Funza, Mosquera, Madrid y Soacha, según información disponible. Estimo que hoy este sistema puede aportar el agua para el consumo de unos tres millones de habitantes. El río Neusa además suministra agua para consumo humano, uso agropecuario, industrial y minero para los municipios de su cuenca.
Desafortunadamente la cuenca del Neusa y su sistema hídrico están descuidados por las entidades nacionales, distritales y regionales. El Minambiente no tiene una política y sobre todo no tiene programas, acciones concretas visibles y de seguimiento ambiental para la región; la CAR, el organismo regional del Sistema Nacional Ambiental SINA está muy ausente. Bogotá y sus entidades no tienen entre sus objetivos estratégicos y prioridades el cuidado integral de la cuenca del río Bogotá, ni la del Neusa; tampoco lo hacen con decisión sus empresas de acueducto, energía y servicios de manejo de residuos a pesar de su evidente interconexión y dependencia. La Gobernación de Cundinamarca está muy desconectada del proceso; en ocasiones tiene iniciativas, aproximaciones y acciones de articulación con la Nación o el Distrito, casi siempre para proyectos que implican la intervención no el cuidado del territorio.
Las autoridades municipales de la cuenca del río Bogotá, desbordadas por los impactos, efectos y repercusiones locales del crecimiento de la capital y la infraestructura regional, como es el caso de Cogua, tratan de sobrevivir con sus planes de desarrollo y de ordenamiento territorial, POT, que manejan sus pequeñas instituciones con escasos recursos.
JPM.: ¿Por qué un río y el ecosistema se afectan cuando se plantea hacerle una cantera encima? Sería una cantera de 178 hectáreas con un río en la mitad ¿Cómo se afectaría? ¿Qué pasaría?
PL.: En las circunstancias descritas, en lugar de velar por el cumplimiento de las prioridades de su propio Plan de Ordenación y Manejo de la Cuenca, POMCA el río Bogotá y las recomendaciones de los estudios de base para el mismo, sobre la necesidad de limitar la minería en la cuenca, una de las actividades de la CAR ha sido la canalización de las corrientes de agua de la cuenca del río Bogotá, justamente en lugares en los que se planean intervenciones importantes como urbanizaciones o proyectos mineros, esto las facilita. La canalización está en contravía del manejo que se da actualmente a los ríos en países desarrollados.
Para el caso del título minero EIJ-151 que se pretende adelantar en el plano aluvial del Neusa, la canalización del río se adelantó justo antes de la noticia de la activación de la licencia ambiental para poner en marcha el título minero para la explotación de gravilla, arcilla y otros materiales. Esta explotación se haría en ambos lados del río, con lo que este quedaría desnaturalizado, drenado, convertido en un canal, rodeado de cráteres profundos y contaminados, lo mismo que sus afluentes en el área de la mina.
El trámite de este proyecto tiene curso en la CAR con fundamento en una Resolución del 2016 de Minambiente que considera esta zona compatible con explotaciones mineras. La decisión del Minambiente y el trámite en la CAR contradicen de manera evidente lo más elemental de un manejo ambiental sostenible. Ambas instituciones a mi juicio están desconociendo los principios que están obligadas a cumplir, entre otros los establecidos en la Ley 99 de 1993 y en especial su artículo 61.
JPM.: ¿Qué significa para los Bogotanos y para los municipios de la sabana que afecten un río que abastece al río Bogotá?
PL.: Darle curso a un proyecto minero de la magnitud anunciada a ambos lados del cauce del río Neusa es un atentado ambiental mayor, con serias repercusiones sobre el caudal y calidad de sus aguas y causaría un grave impacto al sistema local, regional y distrital de acueductos, usos industriales y del riego que se surte de ellas. A más de afectar seriamente la estructura ecológica principal de la cuenca y transformar en un cráter una región con vocación agropecuaria, conservación, esparcimiento y turismo ecológico para Bogotá y la región metropolitana.
JPM.: ¿por qué las entidades del estado que deben cuidar el medio ambiente permiten abrir estas puertas para que estemos discutiendo si es bueno o malo un proyecto donde se advierten daños irreversibles? Por qué estar en pleno 2021 defendiendo la vida de un río, si estamos en un punto de no retorno a nivel ambiental, no hemos aprendido nada de la pandemia?.
PL.: Lo primero que se necesita es que el Minambiente sea consecuente con su misión y revoque la Resolución que autoriza las zonas de la Sabana compatibles con explotaciones mineras, tome en serio las limitantes ambientales, económicas y sociales para la minería en la Sabana de Bogotá y actúe junto con la CAR y la Secretaría Distrital de Ambiente en concordancia con los principios de la Ley 99 de 1993, los mandatos constitucionales, legales y los pronunciamientos de las diferentes instancias judiciales sobre el manejo del río Bogotá y su cuenca. Las demás instituciones, distritales y regionales deben proceder de conformidad con sus obligaciones constitucionales y proteger el territorio para mantener la sostenibilidad del mismo a largo plazo.
La pandemia nos han hecho más conscientes de respetar y cuidar la naturaleza, como la casa común. Defenderla de la ambición desmedida que desgarra sus entrañas, destruye sin compasión sus montañas y sus ríos y conduce tristemente a su destrucción. La pandemia nos ha llevado a la reflexión y el cambio está en camino.
JPM.: ¿Qué les sugiere usted a la comunidad y los municipios para poder elaborar políticas que defiendan su territorio de los desmedidos intereses económicos de las empresas mineras?
PL.: Para garantizar la participación y evitar conflictos es fundamental que las instituciones informen a la comunidad oportunamente y de forma completa y transparente sobre las políticas, proyectos y actividades que se pretendan adelantar sobre el territorio. Un examen de la legislación, documentación e información disponible para la toma de decisiones sobre los POT, POMCAS, proyectos de infraestructuras y títulos mineros en la Sabana evidencian un gran desorden, dispersión, limitada transparencia y falta de oportunidad en la información para los afectados.
La socialización de las decisiones es muy limitada, elemental, en muchos casos se manipula y se hace con desprecio por las comunidades, no está acompañada de procesos educativos y didáctica en la transferencia de los conocimientos a las instituciones locales y comunidades. Se necesita transparencia, claridad y oportunidad en la información de parte de las instituciones del orden nacional y regional para facilitar la participación efectiva de las comunidades en las decisiones que las afectan e impactan el territorio.
Los planes de desarrollo y POT municipales deben contemplar las actividades que puedan trasformar el territorio, especialmente la infraestructura vial y la minería. Pero esto no es posible si los municipios continúan impactados por decisiones nacionales o distritales que imponen directamente o indirectamente trasformaciones territoriales de las que tienen que defenderse, como es el caso del título minero para la extracción de gravilla y arcilla en el río Neusa, municipio de Cogua, que destruiría los suelos, la biodiversidad y afectaría gravemente la hidrología, la economía regional y el empleo, entre otros impactos.