Firma carta sobre incorporación de COPINH a caso Fraude Gualcarque

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Imagen: Río Gualcarque – COPINH

Firma carta sobre incorporación de COPINH a caso Fraude Gualcarque

Publicada el | por Otros Mundos AC

Compartimos esta carta petición del Consejo Cívico de Organizaciones Populares en Indígenas de Honduras COPINH – A 2 de agosto del 2021

Solicitud de incorporación del COPINH y la comunidad Lenca de Río Blanco como víctima del caso de corrupción sobre la concesión Del Río Gualcarque en Honduras

Sala de lo Constitucional.
Corte Suprema de Justicia de Honduras.

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En fecha 4 de noviembre de 2019, el Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras, COPINH, a través de sus apoderados legales, interpuso una acción de amparo para la protección constitucional de los derechos a la justicia, el debido proceso, y derechos fundamentales de los pueblos indígenas contemplados en instrumentos internacionales. Esto debido a la decisión de excluirles como víctimas, por parte de la corte de apelaciones en fecha 28 de agosto de 2019, del proceso denominado “Fraude Sobre el Gualcarque” que se desarrolla en el circuito anti corrupción.

El caso de Fraude Sobre el Gualcarque desarrollado por la Unidad Fiscal Especializada en Contra de Redes de Corrupción, UFERCO, en contra de funcionarios públicos por suponerlos responsables de delitos de corrupción y conexos en actos para la aprobación de permisos y licencias para el proyecto hidroeléctrico Agua Zarca a desarrollarse sobre el Río Gualcarque de la comunidad indígena Lenca, es reconocido nacional e internacionalmente debido a sus implicaciones en materia de corrupción, respeto de derechos de las comunidades indígenas así como en temas de empresas y derechos humanos.

La comunidad Lenca de Río Blanco junto al COPINH han denunciado en reiteradas ocasiones que los actos de corrupción con los que pretendidamente se autorizaron permisos y licencias para la operación del proyecto hidroeléctrico Agua Zarca de la empresa Desarrollos Energéticos, DESA, fueron el origen de una serie de acciones de violencia, estatal y no estatal, que han sufrido durante más de 10 años. Dentro de estos actos violentos se han denunciado la vulneración al derecho de consulta previa de las comunidades indígenas, amenazas de muerte, ataques armados, robo de tierras y asesinatos, incluyendo los asesinatos de Tomás García y Berta Cáceres.

Reconocemos que la norma interna hondureña en el código procesal penal en su artículo 17.3 establece el derecho de las sociedades civiles a ser reconocidas como víctimas, así como lo reconocen los instrumentos internacionales de la Convención de Naciones Unidas Contra la Corrupción, la Declaración sobre los Principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder de la asamblea general de Naciones Unidas, y la jurisprudencia del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

Lo anterior ha sido ampliamente expuesto en los tres Amicus Curiae incorporados en el proceso por parte de las organizaciones expertas internacionales de Abogados Sin Fronteras Canadá, ASFC y la Universidad de Quebec, la Fundación para el Debido Proceso, DPLF, y la Federación Internacional de Derechos Humanos. https://n9.cl/d5vk9

Hemos tenido conocimiento de la convocatoria para el inicio del juicio para la fecha del 17 de agosto del presente año, lo cual implica un corto periodo de tiempo para la incorporación de las víctimas en el proceso. El inicio del juicio de Fraude sin la resolución del recurso de amparo interpuesto por la organización del COPINH significa la pérdida del derecho y pondría en duda el funcionamiento de la acción de amparo como garantía de derechos.

Las organizaciones abajo firmantes, por lo anterior, exhortamos a esta honorable sala de lo constitucional a:

1. Resolver de manera expedita y en el marco de la legalidad la acción de amparo interpuesta por la organización del COPINH del pueblo indígena Lenca antes del inicio del juicio del caso Fraude Sobre el Gualcarque.

2. Tener en consideración para la resolución los instrumentos internacionales en materia de corrupción y derechos humanos, así como de pueblos indígenas.

3. Tener en consideración los amicus curiae introducidos por las organizaciones expertas internacionales Abogados Sin Fronteras Canadá, ASFC y la Universidad de Quebec, la Fundación Para el Debido Proceso, DPLF y la Federación Internacional de Derechos Humanos, FIDH.

Cordialmente.

>>Firma aquí<<

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